CASO

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Nombre del caso

Sierra v. Sierra

Referencia INCADAT

HC/E/CA 1125

Tribunal

País

Canadá

Nombre

Court of Ontario Superior Court of Justice

Instancia

Primera Instancia

Juez(ces)

Shaughnessy, RSJ

Estados involucrados

Estado requirente

Estados Unidos de América

Estado requerido

Canadá

Fallo

Fecha

22 May 2001

Estado

Definitiva

Fundamentos

Traslado y retención - arts. 3 y 12 | Derechos de custodia - art. 3 | Grave riesgo - art. 13(1)(b) | Compromisos

Fallo

Restitución ordenada sujeta a los compromisos asumidos

Artículo(s) del Convenio considerados

3 5 12 13(1)(b) 14

Artículo(s) del Convenio invocados en la decisión

13(1)(b)

Otras disposiciones

-

Jurisprudencia | Casos referidos

-

Publicado en

-

INCADAT comentario

Mecanismo de restitución del artículo 12

Derechos de custodia
Fuentes del derecho de custodia
Ejercicio efectivo de los derechos de custodia

Dificultades en la implementación & aplicación

Medidas para facilitar la restitución del menor
Compromisos

SUMARIO

Sumario disponible en EN | FR | ES

Hechos

La solicitud se refería a dos niños nacidos el 3 de diciembre de 1991 y el 29 de noviembre de 1994. Los padres se casaron en noviembre de 1989 y vivían juntos con los niños en Florida. En 1992, se divorciaron de forma simulada para reducir la manutención alimentaria para niños que el padre debía pagar a su exnovia. Posteriormente, se volvieron a casar en 1996. El matrimonio fracasó. 

Se separaron en mayo de 1999 y se divorciaron el 25 de agosto de 2000. En octubre de 2000, surgió una disputa sobre los derechos de visita del padre. El 18 de diciembre de 2000, la madre abandonó Florida con los niños y su madre y viajó a Ontario, Canadá. El padre solicitó la restitución de los niños a los Estados Unidos de América. 

Fallo

Traslado ilícito y restitución ordenada. No se probó el Artículo 13(1)(b) al nivel requerido por el Convenio. 

Fundamentos

Traslado y retención - arts. 3 y 12

-

Derechos de custodia - art. 3

La sentencia definitiva de divorcio concedía a la madre y al padre la responsabilidad parental compartida de sus hijos. Conforme a la legislación del Estado de Florida, esto incluía el derecho del padre a determinar la residencia principal de los niños. 

Por lo tanto, el padre tenía derechos de custodia de conformidad con el artículo 5(1)(a) del Convenio. En noviembre y diciembre de 2000, había ejercido sus derechos de visita, por lo cual, al momento del supuesto traslado ilícito, se encontraba ejerciendo los derechos de custodia a efectos del artículo (3)(1)(b).   

Grave riesgo - art. 13(1)(b)

El Tribunal consideró que la restitución de los niños a Florida no los exponía personalmente a un riesgo de daño. No había pruebas de que el padre hubiera causado o amenazado con causar daño a los niños. Además, la madre no había alegado que él los hubiera golpeado o maltratado. 

La madre alegó que había sido agredida física y verbalmente por el padre a lo largo de su relación. Sostuvo haber sufrido numerosas lesiones, entre ellas rotura de dientes, lesiones oculares y hematomas. 

En una ocasión, el padre le apuntó con una pistola a la cabeza mientras ella sostenía a su hijo pequeño y la amenazó con matarlos a ambos si no aceptaba un "divorcio ficticio". 

Había documentación médica que confirmaba que la madre había sido gravemente agredida antes de su separación del padre. El Tribunal de Florida había dictado dos órdenes judiciales temporales de protección contra la violencia doméstica. 

Además, la madre había estado colaborando en una investigación sobre una supuesta mala conducta del padre en su trabajo. Alegó que abandonó Florida con los niños porque temía que él pudiera intentar matarla o herirla como consecuencia de ello. El padre alegó que la madre tenía un historial de abuso de drogas y dependencia. 

El Tribunal cuestionó por qué la madre no había planteado las alegaciones de abuso físico en el juicio de divorcio, ya que habrían sido relevantes para la determinación de la responsabilidad parental compartida. Además, en septiembre de 1999, la madre había solicitado la revocación de una orden judicial relacionada con la supuesta violencia doméstica. 

Alegó que el padre habría perdido su trabajo si era condenado por un delito de violencia doméstica y que ella temía perder la manutención. Esta explicación era difícil de aceptar dado que ella había proporcionado información a los investigadores que también podía costarle el trabajo al padre. 

En una declaración jurada de 3 de abril de 2001, la madre dijo que no se oponía a que el padre tuviera contacto con los niños y que estaba dispuesta a enviarlos a Nueva York para que lo vieran. Esto no podía conciliarse con la afirmación de la madre de que temía que el padre pudiera matarla. 

Además, no había pruebas de que el padre estuviera al tanto de la investigación o de que la madre hubiera colaborado con ella. Incluso si la amenaza contra la madre era real, ella podría haber buscado protección de las autoridades de Florida, pero no lo había hecho. 

La madre no había demostrado que la restitución de los niños a Florida los expondría a un grave riesgo de daño físico o psicológico o los colocaría en una situación intolerable.

Compromisos

El padre se ofreció a retrasar el regreso de los niños a Florida hasta después de la finalización del período escolar en Ontario, que tendría lugar el 28 de junio de 2001. También propuso un plan de cuidado de los niños para después de su regreso. 

El Tribunal ordenó al padre pagar USD 2500 para cubrir los gastos de regreso a Florida si la madre acompañaba a los niños. Además, debía comprometerse a no incordiar, molestar, acosar o perturbar a la madre y a los niños estando pendiente su regreso.   

Autores: Jamie Yule y Peter McEleavy

Comentario INCADAT

Fuentes del derecho de custodia

En curso de elaboración.

Ejercicio efectivo de los derechos de custodia

Los tribunales de diversos Estados contratantes le han asignado una interpretación amplia al concepto de ejercicio efectivo de los derechos de custodia. Véase:

Australia
Director General, Department of Community Services Central Authority v. J.C. and J.C. and T.C. (1996) FLC 92-717 [Referencia INCADAT: HC/E/AU 68];

Austria
8Ob121/03g, Oberster Gerichtshof, 30/10/2003 [Referencia INCADAT: HC/E/AT 548];

Bélgica
N° de rôle: 02/7742/A, Tribunal de première instance de Bruxelles 6/3/2003 [Referencia INCADAT: HC/E/BE 545];

Reino Unido - Inglaterra y Gales
Re W. (Abduction: Procedure) [1995] 1 FLR 878; [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 37];

Francia
CA Aix en Provence 23/03/1989, Ministère Public c. M. B., [Referencia INCADAT: HC/E/FR 62];

CA Amiens 4 mars 1998, n° 5704759 [Referencia INCADAT: HC/E/FR 704];

CA Aix en Provence 8/10/2002, L. c. Ministère Public, Mme B et Mesdemoiselles L (N° de rôle 02/14917) [Referencia INCADAT: HC/E/FR 509];

Alemania
11 UF 121/03, Oberlandesgericht Hamm, [Referencia INCADAT: HC/E/DE 822];

21 UF 70/01, Oberlandesgericht Köln, [Referencia INCADAT : HC/E/DE 491];

Nueva Zelanda
The Chief Executive of the Department for Courts for R. v. P., 20 de septiembre de 1999, Tribunal de Apelaciones de Nueva Zelanda [Referencia INCADAT: HC/E/NZ 304];

Reino Unido - Escocia
O. v. O. 2002 SC 430 [Referencia INCADAT: HC/E/UKs 507].

En este caso el Tribunal Superior de Justicia (Court of Session) afirmó que se podría estar yendo muy lejos al sugerir, al igual que el Tribunal Federal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Sexto Circuito en Friedrich v. Friedrich, que solo actos claros e inequívocos de abandono podrían constituir el no ejercicio de derechos de custodia. Sin embargo, Friedrich fue plenamente aprobado en una sentencia posterior del Tribunal Superior de Justicia. Véase:

S. v S., 2003 SLT 344 [Referencia INCADAT: HC/E/UKs 577].

Esta interpretación fue ratificada por la Inner House of the Court of Session (tribunal de apelaciones) en:

A.J. v. F.J. 2005 CSIH 36, 2005 1 S.C. 428  [Referencia INCADAT: HC/E/UKs 803];

Suiza
K. v. K., Tribunal cantonal de Horgen [Referncia INCADAT: HC/E/SZ 299];

449/III/97/bufr/mour, Cour d'appel du canton de Berne, [Referencia INCADAT : HC/E/CH 433];

5A_479/2007/frs, Tribunal fédéral, IIè cour civile, [Referencia INCADAT : HC/E/CH 953];

Estados Unidos de América
Friedrich v. Friedrich, 78 F.3d 1060 (6th Cir) [Referencia INCADAT: HC/E/USf 82];

Sealed Appellant v. Sealed Appellee, 394 F.3d 338 (5th Cir. 2004), [Cita INCADAT: HC/E/USf 779];

Abbott v. Abbott, 130 S. Ct. 1983 (2010), [Referencia INCADAT: HC/E/USf 1029].

Ver, en general, Beaumont P.R. and McEleavy P.E., The Hague Convention on International Child Abduction, OUP, Oxford, 1999 en p. 84 y ss.

Compromisos

Preparación del análisis de jurisprudencia de INCADAT en curso.