CASO

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Nombre del caso

Decision of the Federal Supreme Court 5A_513/2016 of 12 August 2016

Referencia INCADAT

HC/E/CH 1443

Tribunal

País

Suiza

Nombre

Tribunal Supremo Federal de Suiza

Instancia

última instancia

Estados involucrados

Estado requirente

España

Estado requerido

Suiza

Fallo

Fecha

8 August 2016

Estado

Definitiva

Fundamentos

Derechos de custodia - art. 3

Fallo

Apelación desestimada, restitución ordenada

Artículo(s) del Convenio considerados

3 5

Artículo(s) del Convenio invocados en la decisión

3 5

Otras disposiciones

Artículo 16 del Convenio de 19 de octubre de 1996 Relativo a la Competencia, la Ley Aplicable, el Reconocimiento, la Ejecución y la Cooperación en materia de Responsabilidad Parental y de Medidas de Protección de los Niños

Jurisprudencia | Casos referidos

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Publicado en

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SINOPSIS

Sinopsis disponible en EN | ES

Niño trasladado de forma ilícita a los diez años de edad - Nacional de Suiza y España – Padres no casados - Padre español - Madre suiza - Custodia compartida según la ley de España - El niño vivió en España hasta enero/febrero de 2016 - Solicitud de restitución presentada ante la Autoridad Central de España el 17 de febrero de 2016 - Apelación desestimada, restitución ordenada- Cuestiones principales: custodia: el padre recibió la custodia compartida cuando el lugar de residencia del niño fue transferido a España, ya que en España, por ley, ambos padres tienen la custodia

SUMARIO

Sumario disponible en EN | ES

Hechos

Los padres del niño (nacido en Suiza en 2006) no están casados. Poco después del nacimiento, la madre se mudó a España con el niño, donde vivieron con el padre en el mismo domicilio durante varios años. En 2011, los padres se separaron y el niño vivió de forma alternada con ambos. A fines de enero/principios de febrero de 2016, la madre viajó a Suiza con el niño, sin que el padre lo supiera. En España estaba en trámite el caso por la custodia.

El 23 de marzo de 2016, el padre solicitó la restitución del niño a España. Tras oír a los padres y al niño, el tribunal cantonal ordenó la restitución del niño el 23 de junio de 2016.

El 11 de julio de 2016, la madre apeló.

Fallo

Apelación desestimada. El padre recibió la custodia cuando el niño se mudó a España.

Fundamentos

Derechos de custodia - art. 3

El derecho internacional privado del lugar de residencia habitual del niño previo al traslado determina a quién se le concede la custodia. Tras oír a los padres y al niño, el tribunal cantonal ordenó la restitución de este último, el 23 de junio de 2016. El art. 9(4) del Código Civil español remite directamente al Convenio de La Haya de 1996 sobre Protección de Niños.

Cuando nació, el niño estaba bajo la custodia exclusiva de su madre (según la ley suiza). Al mudarse a España, esto se vio modificado. Según la ley española, el padre también tenía la custodia, sin importar si estaban casados o no. El Informe Explicativo de Paul Lagarde sobre el Convenio de La Haya de 1996 explica detalladamente que los apartados 3 y 4 del art. 16 pretenden mediar entre los conceptos de mutabilidad y continuidad de la custodia, dependiendo de la forma de los derechos nacionales del Estado de procedencia y del Estado de inmigración.

Conforme a lo anterior, la custodia se extendió al padre al modificar el lugar de residencia del niño a España (art. 16(4) y art. 156(1) del Código Civil español). Tras la separación, el niño vivió con ambos padres (cuidado compartido), por lo que aún puede presumirse que los derechos de custodia se ejercían de forma compartida.

Por lo tanto, debe señalarse que el padre recibió la custodia compartida cuando el lugar de residencia del niño se cambió a España y que de hecho ejerció la custodia hasta que el niño se mudó a Suiza.

Autora: Francine Hungerbühler