Interpretación del Convenio
Apelación desestimada, solicitud desestimada
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Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH)
TEDH - Violación del Artículo 8 CEDH, concesión de indemnización por daños y perjuicios
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Violación del artículo 8 del CEDH. La Federación de Rusia no había cumplido su obligación de fijar el marco jurídico necesario para la resolución de los casos de sustracción internacional de niños, y tampoco había adoptado las medidas necesarias para facilitar el ejercicio del derecho a la vida familiar. La sentencia del tribunal ruso por la que se denegó el reconocimiento y la ejecución de la sentencia checa del 2 de junio de 2011 no supuso una violación del artículo 8 del CEDH.
Finalidad del Convenio - Preámbulo, arts. 1 y 2 | Derechos de custodia - art. 3 | Objeciones del niño a la restitución - art. 13(2)
Restitución ordenada
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Traslado ilícito, restitución ordenada. No se probó ninguna de las excepciones establecidas en el artículo 13 con el nivel exigido por el Convenio.
Residencia habitual - art. 3 |
Apelación desestimada, restitución denegada
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Hija nacida en 2007 e hijo nacido en 2012 - El padre, la madre y ambos niños eran esrilanqueses y se naturalizaron en Japón en 2017 - El padre vive en Japón desde 1999 y la madre desde 2002 - Padres casados en 2002 - El padre se mudó a Sri Lanka con los dos niños en julio de 2017, pero mantuvo su trabajo, hogar y registro de residencia en Japón - La madre también fue y vino de un país al otro - Los niños fueron inscriptos en la escuela en Sri Lanka en septiembre de 2017, pero regresaron a su escuela primaria en Japón durante las largas vacaciones escolares - Los padres se separaron en agosto de 2018 y posteriormente presentaron solicitudes de custodia y divorcio ante el Tribunal de Familia de Osaka - La madre retiene al hijo desde abril de 2019 en Japón - El padre regresó a Sri Lanka con la hija en mayo de 2019 - El padre presentó una solicitud de restitución del hijo ante el Tribunal de Familia de Osaka en junio de 2019 - Solicitud desestimada - Apelación desestimada y restitución denegada por el Tribunal Superior de Osaka en octubre de 2019 - Cuestión principal: residencia habitual del hijo.
Autora: Prof. Yuko Nishitani