CASE

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Case Name

Armiliato v. Zaric-Armiliato, 169 F. Supp. 2d 230 (SDNY 2001)

INCADAT reference

HC/E/USf 385

Court

Country

UNITED STATES - FEDERAL JURISDICTION

Name

United States District Court for the Southern District of New York

Level

First Instance

Judge(s)
Pauley D.J.

States involved

Requesting State

ITALY

Requested State

UNITED STATES - FEDERAL JURISDICTION

Decision

Date

3 May 2001

Status

Final

Grounds

Habitual Residence - Art. 3 | Rights of Custody - Art. 3

Order

Return ordered

HC article(s) Considered

3 5 14

HC article(s) Relied Upon

3

Other provisions

-

Authorities | Cases referred to
Elisa Perez-Vera Explanatory Report, Hague Convention on Private International Law, in 3 Acts and Documents of the Fourteenth Session (1980). Available at ; Croll v. Croll, 229 F.3d 133 (2d Cir. 2000); Blondin v. Dubois, 189 F.3d 240 (2d Cir. 1999); Diorinou v. Mezitus, 237 F.3d 133 (2d Cir. 2001); Mozes v. Mozes, 239 F.3d 1067 (9th Cir. 2001); In Re J. (A Minor) 2 AC 562 (UK House of Lords); Shah v. Barned London Borough Council and other appeals, 2 AC 309 (UK House of Lords); Feder v. Evans Feder, 63 F.3d 217 (3d Cir. 1995); In re Bates, No. CA 122-89, High Court of Justice, Family Div'l Ct., Royal Courts of Justice (UK 1989); Pensin v. Osorio Rodriguez, 77 F. Supp. 2d 1277 (S.D. Fla. 1999); In re Morris, 55 F. Supp. 2d 1156 (D. Colo. 1999); Norden-Powers v. Beveridge, 125 F. Supp. 2d 634 (E.D.N.Y. 2000); Whallon v. Lynn, 230 F.3d 450 (1st Cir. 2000).

INCADAT comment

Article 12 Return Mechanism

Rights of Custody
Actual Exercise

Aims & Scope of the Convention

Habitual Residence
Habitual Residence
Time Limited Moves

SUMMARY

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Hechos

La menor, tenía 7 años y 4 meses a la fecha de la supuesta sustracción ilícita. Su padre era ciudadano italiano, su madre tenia ciudadanía italiana y yugoslava. La familia viajaba con frecuencia por el mundo debido a que su padre era cantante de opera internacional. La familia tenia un departamento en Génova. El padre también tenia una residencia en Mónaco, un departamento en Nueva York mientras que la madre era dueña de un departamento en Belgrado.

En 1999 la menor, cuya lengua madre era el italiano, pasaba sus vacaciones en Baltimore, Nueva York, Montreal, Génova y Buenos Aires. Sin embargo, Italia era el tema recurrente en todos los viajes de la menor. A principios de 2000 la menor permaneció en Génova, luego la madre se la llevó a Nueva York durante abril y mayo antes de regresar a Génova. En Nueva York la menor había asistido a la escuela.

En agosto de 2000 los padres se separaron. En Septiembre la menor concurrió a un jardín de infantes en una escuela italo-americana en Génova. En octubre el padre inicio procedimientos de custodia en Génova. También solicitó que la madre no se llevara a la menor del país. El 12 de diciembre de 2000 la madre se llevó la menor a Nueva York sin informarle al padre. Ingresaron a los Estados Unidos en virtud de un programa de renuncia a la visa que le permitía permanecer hasta el 11 de marzo de 2001.

El 19 de diciembre de 2000, la madre presentó una demanda de divorcio y custodia en la Corte Suprema del Estado de Nueva York (New York State Supreme Court). El 28 de diciembre el padre inició un proceso penal contra la madre por, inter alia, el traslado de la menor de Italia.

Luego, el padre obtuvo una opinión de asesoramiento del Tribunal Juvenil de Génova (Juvenile Court of Genoa) en virtud del artículo 15 del Convenio que declaró que "residencia habitual" de la menor era Italia. El tribunal también concluyó que el traslado de la menor realizado por la madre a Nueva York, sin el consentimiento del padre, era ilícito conforme al Código Civil italiano.

El 21 de marzo, la Corte Suprema del Estado de Nueva York (New York State Supreme Court) emitió un fallo y ordenó rechazar la solicitud del padre de que se rechace sin detrimento a la demanda de divorcio de Nueva York.

Fallo

Restitución ordenada; el traslado era ilícito ya que la menor era residente habitual de Italia al momento del traslado.

Fundamentos

Residencia habitual - art. 3

Lo primordial para el tribunal era determinar el lugar de residencia habitual de la menor al momento del traslado. El padre adujo que la menor era residente habitual de Italia, sin embargo la madre argumentó que la menor habitualmente residía en Nueva York. El tribunal determinó que quedaba muy claro que la residencia habitual de la menor era Italia. Observó que mientras la menor había viajado por el mundo y había permanecido fuera durante dos meses, ella siempre era restituida a Italia, como su base. El propósito de sus visitas al exterior fue generalmente acompañar a su padre mientras cumplía con compromisos de opera temporarios y limitados. Antes de su traslado la menor había pasado siete meses en Génova. El tribunal sostuvo que el hecho de que la menor había sido inscripta en una escuela en Nueva York no era convincente. Aceptó que esto se había hecho debido a que era muy probable que su padre actuara allí, y ellos no querían que su hija no concurriera a clase. Además el tribunal observó que la madre y la menor no podían permanecer en Estados Unidos indefinidamente. Sostuvo que los únicos lazos importantes con Nueva York fueron que el padre tenia un departamento en ese lugar y que la menor había hecho algunos amigos allí y de vez en cuando concurría a preescolar. El tribunal resolvió que estos no tenían mas peso que los factores que señalaban a Italia como su residencia habitual.

Derechos de custodia - art. 3

El padre estaba ejerciendo sus derechos de custodia antes del traslado de la menor. El tribunal se basó en varios hechos para avalar tal decisión: mientras la menor residía principalmente con su madre, antes de la separación, el padre proveyó solo los medios económicos para el sostenimiento de la menor; inmediatamente antes de su traslado, el padre pasó el fin de semana cuidando a la menor en casa de sus padres; y tras la separación, el padre permaneció en constante contacto con la menor y la visitaba regularmente.

Comentario INCADAT

Ejercicio efectivo de los derechos de custodia

Los tribunales de diversos Estados contratantes le han asignado una interpretación amplia al concepto de ejercicio efectivo de los derechos de custodia. Véase:

Australia
Director General, Department of Community Services Central Authority v. J.C. and J.C. and T.C. (1996) FLC 92-717 [Referencia INCADAT: HC/E/AU 68];

Austria
8Ob121/03g, Oberster Gerichtshof, 30/10/2003 [Referencia INCADAT: HC/E/AT 548];

Bélgica
N° de rôle: 02/7742/A, Tribunal de première instance de Bruxelles 6/3/2003 [Referencia INCADAT: HC/E/BE 545];

Reino Unido - Inglaterra y Gales
Re W. (Abduction: Procedure) [1995] 1 FLR 878; [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 37];

Francia
CA Aix en Provence 23/03/1989, Ministère Public c. M. B., [Referencia INCADAT: HC/E/FR 62];

CA Amiens 4 mars 1998, n° 5704759 [Referencia INCADAT: HC/E/FR 704];

CA Aix en Provence 8/10/2002, L. c. Ministère Public, Mme B et Mesdemoiselles L (N° de rôle 02/14917) [Referencia INCADAT: HC/E/FR 509];

Alemania
11 UF 121/03, Oberlandesgericht Hamm, [Referencia INCADAT: HC/E/DE 822];

21 UF 70/01, Oberlandesgericht Köln, [Referencia INCADAT : HC/E/DE 491];

Nueva Zelanda
The Chief Executive of the Department for Courts for R. v. P., 20 de septiembre de 1999, Tribunal de Apelaciones de Nueva Zelanda [Referencia INCADAT: HC/E/NZ 304];

Reino Unido - Escocia
O. v. O. 2002 SC 430 [Referencia INCADAT: HC/E/UKs 507].

En este caso el Tribunal Superior de Justicia (Court of Session) afirmó que se podría estar yendo muy lejos al sugerir, al igual que el Tribunal Federal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Sexto Circuito en Friedrich v. Friedrich, que solo actos claros e inequívocos de abandono podrían constituir el no ejercicio de derechos de custodia. Sin embargo, Friedrich fue plenamente aprobado en una sentencia posterior del Tribunal Superior de Justicia. Véase:

S. v S., 2003 SLT 344 [Referencia INCADAT: HC/E/UKs 577].

Esta interpretación fue ratificada por la Inner House of the Court of Session (tribunal de apelaciones) en:

A.J. v. F.J. 2005 CSIH 36, 2005 1 S.C. 428  [Referencia INCADAT: HC/E/UKs 803];

Suiza
K. v. K., Tribunal cantonal de Horgen [Referncia INCADAT: HC/E/SZ 299];

449/III/97/bufr/mour, Cour d'appel du canton de Berne, [Referencia INCADAT : HC/E/CH 433];

5A_479/2007/frs, Tribunal fédéral, IIè cour civile, [Referencia INCADAT : HC/E/CH 953];

Estados Unidos de América
Friedrich v. Friedrich, 78 F.3d 1060 (6th Cir) [Referencia INCADAT: HC/E/USf 82];

Sealed Appellant v. Sealed Appellee, 394 F.3d 338 (5th Cir. 2004), [Cita INCADAT: HC/E/USf 779];

Abbott v. Abbott, 130 S. Ct. 1983 (2010), [Referencia INCADAT: HC/E/USf 1029].

Ver, en general, Beaumont P.R. and McEleavy P.E., The Hague Convention on International Child Abduction, OUP, Oxford, 1999 en p. 84 y ss.

Residencia habitual

La interpretación del concepto central de residencia habitual (Preámbulo, art. 3, art. 4) ha demostrado ser cada vez más problemática en años recientes con interpretaciones divergentes que surgen de distintos Estados contratantes. No hay uniformidad respecto de si al momento de determinar la residencia habitual el énfasis debe estar sobre el niño exclusivamente, prestando atención a las intenciones de las personas a cargo del cuidado del menor, o si debe estar primordialmente en las intenciones de las personas a cargo del cuidado del menor. Al menos en parte como resultado, la residencia habitual puede parecer constituir un factor de conexión muy flexible en algunos Estados contratantes y mucho más rígido y reflejo de la residencia a largo plazo en otros.

La valoración de la interpretación de residencia habitual se torna aún más complicada por el hecho de que los casos que se concentran en el concepto pueden involucrar situaciones fácticas muy diversas. A modo de ejemplo, la residencia habitual puede tener que considerarse como consecuencia de una mudanza permanente, o una mudanza más tentativa, aunque tenga una duración indefinida o potencialmente indefinida, o la mudanza pueda ser, de hecho, por un plazo de tiempo definido.

Tendencias generales:

La jurisprudencia de los tribunales federales de apelación de los Estados Unidos de América puede tomarse como ejemplo de la amplia gama de interpretaciones existentes en lo que respecta a la residencia habitual.

Enfoque centrado en el menor

El Tribunal Federal de Apelaciones de los Estados Unidos de América del 6º Circuito ha apoyado firmemente el enfoque centrado en el menor en la determinación de la residencia habitual.

Friedrich v. Friedrich, 983 F. 2d 1396, 125 ALR Fed. 703 (6th Cir. 1993), [Referencia INCADAT: HC/Ee/USF 142];

Robert v. Tesson, 507 F.3d 981 (6th Cir. 2007) [Referencia INCADAT: HC/E/US 935].

Veáse también:

Villalta v. Massie, No. 4:99cv312-RH (N.D. Fla. Oct. 27, 1999) [Referencia INCADAT: HC/E/USf 221].

Enfoque combinado: conexión del menor / intención de los padres

Los Tribunales Federales de Apelaciones de los Estados Unidos de América de los 3º y 8º  Circuitos han adoptado un enfoque centrado en el menor pero que igualmente tiene en cuenta las intenciones compartidas de los padres.

El fallo clave es el del caso: Feder v. Evans-Feder, 63 F.3d 217 (3d Cir. 1995), [Referencia INCADAT: HC/E/USf 83].

Veánse también:

Silverman v. Silverman, 338 F.3d 886 (8th Cir. 2003), [Referencai INCADAT: HC/E/USf 530];

Karkkainen v. Kovalchuk, 445 F.3d 280 (3rd Cir. 2006), [Referencia INCADAT: HC/E/USf 879].

En este último asunto se estableció una distinción entre las situaciones que involucran a niños muy pequeños, en las cuales se atribuye especial importancia a las intenciones de los padres (véase por ejemplo: Baxter v. Baxter, 423 F.3d 363 (3rd Cir. 2005) [Referencia INCADAT: HC/E/USf 808]) y aquellas que involucran a niños más mayores, donde el impacto de las intenciones de los padres ya es más limitado.

Enfoque centrado en la intención de los padres

El fallo del Tribunal Federal de Apelaciones de los Estados Unidos de América del 9º Circuito en Mozes v. Mozes, 239 F.3d 1067 (9th Cir. 2001) [Referencia INCADAT: HC/E/USf 301] ha sido altamente influyente al disponer que, por lo general, debería haber una intención establecida de abandonar una residencia habitual antes de que un menor pueda adquirir una nueva.

Esta interpretación ha sido adoptada y desarrollada en otras sentencias de tribunales federales de apelación, de modo tal que la ausencia de intención compartida de los padres respecto del objeto de la mudanza derivó en la conservación de la residencia habitual vigente, aunque el menor hubiera estado fuera de dicho Estado durante un período de tiempo extenso. Véanse por ejemplo:

Holder v. Holder, 392 F.3d 1009, 1014 (9th Cir. 2004) [Referencia INCADAT: HC/E/USf 777]: Conservación de la residencia habitual en los Estados Unidos luego de 8 meses de una estadía intencional de cuatro años en Alemania;

Ruiz v. Tenorio, 392 F.3d 1247, 1253 (11th Cir. 2004) [Referencia INCADAT: HC/E/USf 780]: Conservación de la residencia habitual en los Estados Unidos durante una estadía de 32 meses en México;

Tsarbopoulos v. Tsarbopoulos, 176 F. Supp.2d 1045 (E.D. Wash. 2001), [Referencai INCADAT: HC/E/USf 482]: conservación de la residencia habitual en los Estados Unidos durante una estadía de 27 meses en Grecia;

El enfoque en el asunto Mozes ha sido aprobado asimismo por el Tribunal Federal de Apelaciones de los Circuitos 2º y 7º:

Gitter v. Gitter, 396 F.3d 124, 129-30 (2d Cir. 2005), [Referencia INCADAT: HC/E/USf 776];

Koch v. Koch, 450 F.3d 703 (7th Cir.2006), [Referencia INCADAT: HC/E/USf 878].

Con respecto al enfoque aplicado en el asunto Mozes, cabe destacar que el 9º Circuito sí reconoció que, con tiempo suficiente y una experiencia positiva, la vida de un menor podría integrarse tan firmemente en el nuevo país de manera de pasar a tener residencia habitual allí sin perjuicio de las intenciones en contrario que pudieren tener los padres.

Otros Estados

Hay diferencias en los enfoques que adoptan otros Estados.

Austria
La Corte Suprema de Austria ha establecido que un periodo de residencia superior a seis meses en un Estado será considerado generalmente residencia habitual, aún en el caso en que sea contra la voluntad de la persona que se encarga del cuidado del niño (ya que se trata de una determinación fáctica del centro de su vida).

8Ob121/03g, Oberster Gerichtshof [Referencia INCADAT: HC/E/AT 548].

Canadá
En la Provincia de Quebec se adopta un enfoque centrado en el menor:

En el asunto Droit de la famille 3713, N° 500-09-010031-003 [Referencia INCADAT: HC/E/CA 651], el Tribunal de Apelaciones de Montreal sostuvo que la determinación de la residencia habitual de un menor es una cuestión puramente fáctica que debe resolverse a la luz de las circunstancias del caso, teniendo en cuenta la realidad de la vida del menor, más que a la de sus padres. El plazo de residencia efectiva debe ser por un período de tiempo significativo e ininterrumpido y el menor debe tener un vínculo real y activo con el lugar. Sin embargo, no se establece un período de residencia mínimo.

Alemania
En la jurisprudencia alemana se evidencia asimismo un enfoque fáctico centrado en la vida del menor:

2 UF 115/02, Oberlandesgericht Karlsruhe [Referencia INCADAT: HC/E/DE 944].

Esto condujo a que el Tribunal Federal Constitucional aceptara que la residencia habitual se puede adquirir sin perjuicio de que el niño haya sido trasladado de forma ilícita al nuevo Estado de residencia:

Bundesverfassungsgericht, 2 BvR 1206/98, 29. Oktober 1998  [Referencia INCADAT: HC/E/DE 233].

El Tribunal Constitucional confirmó la decisión del Tribunal Regional de Apelaciones por la que se estableció que los niños habían adquirido residencia habitual en Francia, sin perjuicio de la naturaleza de su traslado a ese lugar. La fundamentación consistió en que la residencia habitual es un concepto fáctico y que durante los nueve meses que estuvieron allí, los niños se integraron al entorno local.

Israel
En este país se adoptaron enfoques alternativos para determinar la residencia habitual del niño. Algunas veces se ha puesto bastante atención en las intenciones de los padres. Véanse:

Family Appeal 1026/05 Ploni v. Almonit [Referencia INCADAT: HC/E/Il 865];

Family Application 042721/06 G.K. v Y.K. [Referencia INCADAT: HC/E/Il 939].

No obstante, en otros casos se ha hecho referencia a un enfoque más centrado en el menor. Véase:

decisión de la Corte Suprema en C.A. 7206/03, Gabai v. Gabai, P.D. 51(2)241;

FamA 130/08 H v H [Referencia INCADAT: HC/E/Il 922].

Nueva Zelanda
Asimismo, cabe destacar que, a diferencia del enfoque adoptado en Mozes, la mayoría de los miembros del Tribunal de Apelaciones de Nueva Zelanda rechazó expresamente la idea de que para adquirir una nueva residencia habitual se deba tener una intención establecida de abandonar la residencia habitual vigente. Véase:

S.K. v K.P. [2005] 3 NZLR 590, [Referencia INCADAT: HC/E/NZ 816].

Suiza
En la jurisprudencia suiza se puede ver un enfoque fáctico centrado en la vida del menor:

5P.367/2005/ast, Bundesgericht, II. Zivilabteilung (Tribunal Fédéral, 2ème Chambre Civile) [Referencia INCADAT: HC/E/CH 841].

Reino Unido
El enfoque estándar consiste en considerar la intención establecida de las personas que se encargan del cuidado del menor en consonancia con la realidad fáctica de la vida de aquel.

Re J. (A Minor) (Abduction: Custody Rights) [1990] 2 AC 562, [1990] 2 All ER 961, [1990] 2 FLR 450, sub nom C. v. S. (A Minor) (Abduction) [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 2].

Para una opinión doctrinaria acerca de los diferentes enfoques sobre el concepto de residencia habitual en los países del common law, véanse:

R. Schuz, Habitual Residence of Children under the Hague Child Abduction Convention: Theory and Practice, Child and Family Law Quarterly Vol 13 1 (2001) 1.

R. Schuz, Policy Considerations in Determining Habitual Residence of a Child and the Relevance of Context, Journal of Transnational Law and Policy Vol. 11, 101 (2001).

Instalación en el extranjero por un tiempo limitado

Cuando la instalación en el extranjero es por un tiempo limitado, aunque sea por un período extenso, ciertos Estados contratantes han aceptado que la residencia habitual anterior pueda conservarse durante ese período. Véase:


Dinamarca
Ø.L.K., 5. Abril 2002, 16. afdeling, B-409-02 [Referencia INCADAT: HC/E/DK 520];

Reino Unido - Inglaterra y Gales
Re H. (Abduction: Habitual Residence: Consent) [2000] 2 FLR 294; [2000] 3 FCR 412 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 478];

Estados Unidos de América
Morris v. Morris, 55 F. Supp. 2d 1156 (D. Colo., Aug. 30, 1999) [Referencia INCADAT: HC/E/USf 306];

Mozes v. Mozes, 239 F.3d 1067 (9th Cir. 2001) [Referencia INCADAT: HC/E/USf 301].

No obstante, en un caso en que una mudanza había de extenderse por dos años, el Tribunal Federal de Apelaciones para el Tercer Circuito concluyó que se había producido un cambio de residencia habitual poco después de la mudanza. Véase:

Whiting v. Krassner, 391 F.3d 540 (3rd Cir. 2004) [Referencia INCADAT: HC/E/US 778].

En un fallo inglés de primera instancia, se sostuvo que un menor había adquirido residencia habitual en Alemania luego de cinco meses si bien la familia se había mudado allí sólo por un contrato temporal de seis meses. Véase:

Re R. (Abduction: Habitual Residence) [2003] EWHC 1968 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 580].

El Tribunal de Apelaciones de China (RAE de Hong Kong) consideró que una mudanza por un período de meses había prducido el cambio de residencia habitual:

B.L.W. v. B.W.L. [2007] 2 HKLRD 193, [Referencia INCADAT: HC/E/HK 975].