CASO

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Nombre del caso

Ortiz v. Martinez, 789 F.3d 722 (7th Cir. 2015)

Referencia INCADAT

HC/E/US 1343

Tribunal

País

Estados Unidos de América - Competencia Federal

Nombre

Tribunal de Apelaciones del Séptimo Circuito

Instancia

Tribunal de Apelaciones

Juez(ces)

Easterbrook, Ripple, Reagan

Estados involucrados

Estado requirente

México

Estado requerido

Estados Unidos de América

Fallo

Fecha

15 June 2015

Estado

Desconocido

Fundamentos

Grave riesgo - art. 13(1)(b)

Fallo

Apelación desestimada, restitución denegada

Artículo(s) del Convenio considerados

4 13(1)(b)

Artículo(s) del Convenio invocados en la decisión

13(1)(b)

Otras disposiciones

28 U.S.C. § 1291; 22 U.S.C. § 9003(e)(2)(A).

Jurisprudencia | Casos referidos

Norinder v. Fuentes, 657 F.3d 526, 533 (7th Cir. 2011); Graber v. Clarke, 763 F.3d 888, 894 (7th Cir. 2014); Redmond v. Redmond, 724 F.3d 729, 739 (7th Cir. 2013); Walker v. Walker, 701 F.3d 1110, 1116 (7th Cir. 2012); Khan v. Fatima, 680 F.3d 781 (INCADAT Reference HC/E/USf 1239); Norinder,
657 F.3d (INCADAT Reference HC/E/US 1138); Anderson v. City of Bessemer City, 470 U.S. 564, 575 (1985).

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SUMARIO

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Hechos

El padre (apelante) y la madre (apelada) vivían juntos en México con sus dos hijos, una niña y un niño de siete y dieciséis anos de edad respectivamente al momento del procedimiento. En agosto de 2011 la familia completa viajó a Chicago. El apelante regresó a México, a diferencia de la apelada y los niños. El padre interpuso demanda de restitución de sus hijos ante el Tribunal de Distrito del Distrito Norte de Illinois en mayo de 2012. El tribunal declaró que el traslado de los niños había sido ilícito, pero que una excepción era aplicable a la restitución de cada niño. La decisión fue apelada con respecto a la niña únicamente. El apelante alegó que el Tribunal de Distrito había cometido un error al declarar que él había abusado sexualmente de su hija, y que por ello la excepción de grave riesgo del art. 13(1)(b) no era aplicable.

Fallo

Recurso de apelación desestimado y denegación de la restitución. El Tribunal de Distrito no había cometido un error al considerar que el apelante había abusado sexualmente de su hija. Por tanto, se había establecido que si la niña regresaba, quedaba expuesta a un riesgo grave de daño.

Fundamentos

Grave riesgo - art. 13(1)(b)

El tribunal de primera instancia estimó que las pruebas presentadas eran suficientes para determinar que el apelante había abusado sexualmente de su hija antes del traslado de esta a manos de la apelada.

Es decir que se presentaron pruebas suficientes para establecer que existía un riesgo grave de que el regreso de la niña la expusiera a daños físicos o psíquicos.