CASO

Descargar texto completo EN

Nombre del caso

Re D. (Abduction: Acquiescence) [1998] 2 FLR 335

Referencia INCADAT

HC/E/UKe 178

Tribunal

País

Reino Unido - Inglaterra y Gales

Nombre

Court of Appeal (Inglaterra)

Instancia

Tribunal de Apelaciones

Estados involucrados

Estado requirente

Australia

Estado requerido

Reino Unido - Inglaterra y Gales

Fallo

Fecha

25 March 1998

Estado

Definitiva

Fundamentos

Aceptación posterior - art. 13(1)(a) | Cuestiones procesales

Fallo

Apelación desestimada, restitución denegada

Artículo(s) del Convenio considerados

13(1)(a)

Artículo(s) del Convenio invocados en la decisión

13(1)(a)

Otras disposiciones

-

Jurisprudencia | Casos referidos

-

INCADAT comentario

Excepciones a la restitución

Aceptación posterior
Aceptación posterior

SUMARIO

Sumario disponible en EN | FR | ES

Hechos

Los menores tenían 5 y 3 años en la fecha de la supuesta retención ilícita. Habían vivido toda su vida en Australia. Los padres estaban casados y gozaban de derechos de custodia conjunta. En julio de 1997, la madre llevó de vacaciones a los menores al Reino Unido, su Estado de origen.

El 11 de agosto de 1997, el padre recibió una carta de los abogados de la madre diciendo que la madre no regresaría a Australia y solicitando su consentimiento para el libramiento de órdenes de residencia con respecto a los menores.

El 21 de agosto de 1997, el padre viajó a Gales. Consultó a un abogado que hizo arreglos con los abogados de la madre para que el padre viera a los menores.

El 28 de agosto de 1997, los abogados de la madre prepararon una nota de comparecencia (attendance note) indicando que el padre deseaba tener contacto con los menores y si la madre estaba de acuerdo con eso él no se opondría a su solicitud de una orden de residencia. La nota asimismo indicaba que el padre tenía la intención de vivir en la jurisdicción en forma permanente para estar cerca de los menores.

El 3 de septiembre de 1997, un tribunal en Swansea libró una orden de residencia completa a favor de la madre.

Luego de su regreso a Australia, al padre se le informó sobre el Convenio de La Haya. El 20 de octubre de 1997, se libró una citación civil ante el Tribunal Superior (originating summons) para la restitución de los menores.

El 13 de enero de 1998, el High Court (Tribunal Superior) rechazó la solicitud.

El padre apeló.

Fallo

Apelación desestimada y restitución denegada; se había establecido que el padre había aceptado posteriormente en la medida exigida en virtud del artículo 13(1)(a).

Fundamentos

Aceptación posterior - art. 13(1)(a)

Luego de la retención de los menores, el padre siguió a la madre a Gales. El tribunal determinó que había evidencias claras de que él deseaba reestablecerse allí para estar cerca de los menores. El tribunal asimismo sostuvo que antes de que el padre fuera a Gales conocía el Convenio de La Haya y comprendía en general cómo funcionaba. Una falta de conocimiento específico en este momento no fue significativa. A la luz de estas conclusiones, junto con el hecho de que el padre había participado en un proceso sustantivo de custodia en Gales, el tribunal determinó que hubo una auténtica aceptación posterior dentro de los principios establecidos por la House of Lords (Cámara de los Lores) en Re H. (Abduction: Acquiescence) [1998] AC 72 [INCADAT cite: HC/E/UKe 46].

Cuestiones procesales

El tribunal apoyó la opinión expresada en R. v. R. (Residence Order: Child Abduction) [1995] 2 FLR 625 [INCADAT cite: HC/E/UKe 171] de que en el caso de que un tribunal inglés esté a cargo de un proceso sustantivo de custodia y cuando un progenitor es de un Estado que aplica el Convenio, es litigante en persona, y no ha retirado alegaciones que equivalen, en caso de ser verdaderas, a un traslado o retención ilícitos, el proceso, en principio, se debería transferir al High Court (Tribunal Superior) para que imparta directivas.

Comentario INCADAT

La decisión de primera instancia se informa en Re D. (Abduction: Acquiescence) [1998] 1 FLR 686, [1998] Fam Law 309.

Aceptación posterior

Se ha aceptado en forma generalizada que en lo que respecta a la excepción de aceptación posterior, en primera instancia, debe prestarse atención a las intenciones subjetivas del padre privado del menor. Véanse:

Australia
Commissioner, Western Australia Police v. Dormann, JP (1997) FLC 92-766 [Referencia INCADAT: HC/E/AU 213];

Barry Eldon Matthews (Commissioner, Western Australia Police Service) v. Ziba Sabaghian, PT 1767 of 2001 [Referencia INCADAT: HC/E/AU 345];

Austria
5Ob17/08y, Oberster Gerichtshof, (tribunal supremo de Austria) 1/4/2008 [Referencia INCADAT: HC/E/AT @981@]

Al considerar la cuestión por primera vez, el tribunal supremo de Austria resolvió que la aceptación posterior con respecto a un estado de situación temporario no sería suficiente a efectos del artículo 13(1) a), sino que, en el caso de un cambio permanente de residencia habitual, debía existir aceptación posterior.

Bélgica
N° de rôle: 02/7742/A, Tribunal de première instance de Bruxelles 6/3/2003, [Referencia INCADAT: HC/E/BE 545];

Canadá
Ibrahim v. Girgis, 2008 ONCA 23, [Referencia INCADAT: HC/E/CA 851];

Reino Unido - Inglaterra y Gales
Re H. and Others (Minors) (Abduction: Acquiescence) [1998] AC 72 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 46];

En este caso, la Cámara de los Lores sostuvo que no podía deducirse que había habido aceptación posterior por comentarios pasajeros o cartas escritas por un padre que recientemente había sufrido el trauma inherente a la sustracción de sus hijos.

Irlanda
K. v. K., 6 May 1998, transcript, Supreme Court of Ireland [Referencia INCADAT: HC/E/IE 285];

Israel
Dagan v. Dagan 53 P.D (3) 254 [Referencia INCADAT: HC/E/IL 807]

Nueva Zelanda
P. v. P., 13 March 2002, Family Court at Greymouth (New Zealand), [Referencia INCADAT: HC/E/NZ 533];

Reino Unido - Escocia
M.M. v. A.M.R. or M. 2003 SCLR 71, [Referencia INCADAT: HC/E/UKs 500]

Sudáfrica
Smith v. Smith 2001 (3) SA 845 [Referencia INCADAT: HC/E/ZA 499];

Suiza
5P.367/2005 /ast, Bundesgericht, II. Zivilabteilung (Tribunal Fédéral, 2ème Chambre Civile), [Referencia INCADAT: HC/E/CH 841].

En concordancia con este enfoque, ha habido reticencia a pronunciarse en favor de la existencia de aceptación posterior cuando el padre solicitante ha pretendido en un principio obtener la restitución voluntaria del menor o lograr reconciliarse con el sustractor. Véanse:

Reino Unido - Inglaterra y Gales
Re H. and Others (Minors) (Abduction: Acquiescence) [1998] AC 72 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 46];

P. v. P. (Abduction: Acquiescence) [1998] 2 FLR 835, [Referencia INCADAT:  HC/E/UKe 179] ;

Irlanda
R.K. v. J.K. (Child Abduction: Acquiescence) [2000] 2 IR 416, [Referencia INCADAT: HC/E/IE 285];

Estados Unidos de América
Wanninger v. Wanninger, 850 F. Supp. 78 (D. Mass. 1994), [Referencia INCADAT: HC/E/USf 84];

En el caso australiano Townsend y Director-General, Department of Families, Youth and Community (1999) 24 Fam LR 495, [Referencia INCADAT: HC/E/AU 290], se interpretó que la negociación durante 12 meses equivalía a aceptación posterior. Sin embargo, cabe destacar que, en ejercicio de su discrecionalidad, el tribunal decidió expedir una orden de restitución.