CASO

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Nombre del caso

Re C. (Child Abduction) (Unmarried Father: Rights of Custody) [2002] EWHC 2219 (Fam)

Referencia INCADAT

HC/E/IE 506

Tribunal

País

Reino Unido - Inglaterra y Gales

Nombre

High Court (Inglaterra)

Instancia

Primera Instancia

Estados involucrados

Estado requirente

Reino Unido - Inglaterra y Gales

Estado requerido

Irlanda

Fallo

Fecha

28 October 2002

Estado

Definitiva

Fundamentos

Decisión o certificación según el artículo 15 | Derechos de custodia - art. 3

Fallo

Declaración del artículo 15 denegada

Artículo(s) del Convenio considerados

3 15

Artículo(s) del Convenio invocados en la decisión

3 15

Otras disposiciones

-

Jurisprudencia | Casos referidos

-

INCADAT comentario

Mecanismo de restitución del artículo 12

Derechos de custodia
Declaración del artículo 15
Derechos de custodia imperfectos
Derechos de custodia asumidos por un tribunal

SUMARIO

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Hechos

El menor era un niño de 2 años y 6 meses a la fecha de la supuesta sustracción ilícita. El menor tenía residencia habitual en Inglaterra. Los padres no se encontraban casados y habían convivido desde el desde el nacimiento del niño en una vivienda propiedad de ambos en Inglaterra. El hijo de una relación anterior de la madre también vivía con la familia.

El 2 de Julio de 2002 los padres de separaron luego de que el padre hubiera supuestamente agredido al otro hijo de la madre. Ésta solicitó órdenes de no perturbación y ocupación en contra del padre. El 8 de agosto de 2002 el padre asumió el compromiso de que no molestaría al otro hijo de la madre ni regresaría al hogar de la familia. El 9 de agosto se retiró el cargo de agresión.

El padre siguió teniendo contacto fluido con su hijo. El 13 de agosto de 2002 instruyó a sus abogados para que requirieran una orden de residencia respecto del menor. Las actuaciones se iniciaron el 15 de agosto de 2002.

El 16 de agosto el padre tomó conocimiento de que la madre tenía intenciones de viajar a Irlanda con el menor. Los abogados del padre se dirigieron por escrito a los abogados de la madre requiriéndoles una confirmación respecto de que el menor no sería trasladado de Inglaterra sin el consentimiento por escrito del padre.

El 20 de agosto la madre y el menor fueron a Irlanda sin el consentimiento del padre. Éste supo por amigos que habían ido a un casamiento y que regresarían el 30 de agosto.

El 23 de agosto los abogados del padre escribieron nuevamente a los abogados de la madre requiriéndoles la fecha en que el menor regresaría a Inglaterra y notificándolos de la solicitud de una orden de residencia formulada por el padre. Se fijó audiencia en el caso para el 16 de septiembre.

El 2 de septiembre aproximadamente el padre tomó conocimiento de que la madre no había regresado a Inglaterra. Ella dijo que los niños eran felices en Irlanda y que había decidido quedarse. El padre sostuvo que la madre estaba sustrayéndose deliberadamente de la jurisdicción a fin de anular su solicitud de residencia.

El 6 de septiembre los abogados de la madre manifestaron por escrito a los abogados del padre que no tenían instrucciones de la madre para tratar la solicitud de residencia formulada por el padre y que la madre no se presentaría a la audiencia.

El 9 de septiembre el padre presentó una solicitud tendiente a obtener una orden para la restitución del menor a la jurisdicción (sentencia específica) y una orden que impidiera sus sustracción de la jurisdicción mientras se encontrara pendiente la solicitud de residencia (sentencia de restricción). La cuestión fue remitida al Tribunal Superior y tuvo un aplazamiento.

El 23 de septiembre el padre solicitó que se dejara sin efecto el compromiso asumido el 8 de agosto. El 1º de octubre el caso fue remitido al juez quien dispuso que el padre fuera relevado del compromiso que le impedía regresar al hogar familiar. Entonces el padre se mudó nuevamente a éste.

El 3 de octubre el padre inició un requerimiento tendiente, inter alia, a que se declarara que la sustracción fue ilícita; una orden para que la madre restituyera al menor a la jurisdicción en el plazo de 48 horas y órdenes para que la madre resida en el hogar familiar con el menor y no volviera a trasladarlo sin el consentimiento del padre o una orden del tribunal. El padre estaba dispuesto a dejar el hogar familiar y a no regresar hasta tanto no se resolvieran las actuaciones. La madre fue notificada personalmente de toda la documentación en Irlanda.

La cuestión fue remitida al tribunal el 16 de octubre de 2002 con un aplazamiento hasta el 25 de octubre de 2002.

Fallo

No se hizo lugar a la declaración del Artículo 15; el traslado no fue ilícito con cuanto no se había infringido derecho de custodia alguno.

Fundamentos

Decisión o certificación según el artículo 15

Teniendo en cuenta la jurisprudencia inglesa el tribunal confirmó que era competente para otorgar una declaración del Artículo 15 aun cuando el estado requerido no la hubiere solicitado. Agregó que en tanto el otorgamiento de una declaración era de por sí una cuestión de discrecionalidad judicial, en un caso normal si el solicitante hubiere tenido éxito en probar su caso, tendría derecho a una declaración y podría esperar que el Tribunal ejerciera la discrecionalidad.
 

Derechos de custodia - art. 3


El juez del caso señaló que la cuestión de si el padre tenía derechos de custodia a los fines del Convenio generaba ciertas dificultades. Esto se debía a que era necesario reconciliar el fallo de la Cámara de los Lores en Re J (A Minor) (Abduction: Custody Rights) [1990] 2 AC 562 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 2] con el de la Cámara de Apelaciones en Re B (A Minor) (Abduction) [1994] 2 FLR 249 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 4], por cuanto ambos eran vinculantes para él.

En el primero de ellos la Cámara de los Lores dispuso que como el padre no tenía derechos de custodia conforme la legislación de Australia Occidental, el traslado unilateral del menor por parte de la madre de Australia al RU no podría ser ilícito. Sin embargo, en el último caso ante una petición del padre que tampoco contaba con derechos de custodia la Cámara de Apelaciones decidió por mayoría que los derechos de custodia en el contexto del Convenio podían extenderse a derechos incoados en cabeza de aquellos respecto de quienes, cumpliendo obligaciones y gozando de privilegios de carácter paternal o semejantes a la custodia que aun no siendo formalmente reconocidos y contemplados en la ley, un tribunal podría no obstante confirmarlos en interés del menor en cuestión.

El juez del caso examinó la posterior jurisprudencia inglesa que confirmaba el concepto de derechos de custodia incoados y consideró que el temor común entre las autoridades era que en cada caso la madre era la única persona que tenía derechos legales de custodia legal y que había dejado a alguien más el cuidado del menor. Sobre esta base el tribunal dispuso que aunque el padre había compartido hasta el 2 de Julio de 2002 los cuidados básicos del menor con la madre, viviendo con ella y el niño en el mismo hogar, nunca había adquirido derechos de custodia con el alcance de los Artículos 3 y 5. Entender lo contrario estaría en oposición a lo resuelto por la Cámara de los Lores in Re J.

Asimismo, el juez de la causa señaló que otra razón para que el padre no tuviera derechos de custodia al momento del traslado se debía al cambio de circunstancia que tuvo lugar en la disposición doméstica en julio de 2002. Al separase los padres, el padre pasó a ser un progenitor no-residente gozando sólo de contacto con su hijo.

También se sostuvo a favor del padre que al iniciar actuaciones previas a la sustracción del menor, el tribunal mantuvo los derechos de custodia. El juez del caso señaló que el tribunal podía tener derechos de custodia cuando una petición ante él sacaba a la luz cuestiones de custodia con el alcance del Convenio. Estos derechos comienzan al momento en que la petición es presentada y se mantienen hasta tanto se resuelve, a menos que el procedimiento sea mantenido.

Aun cuando una solicitud no ha sido notificada, el tribunal puede tener derechos de custodia si la cuestión había sido referida a un juez que ejerció discrecionalidad judicial, incluso si no se hubiere dictado una sentencia en la cuestión de fondo. Un aplazamiento dispuesto judicialmente no sería suficiente, sin embargo, la intervención judicial es esencial y un procedimiento meramente administrativo no alcanzaría.

En el presente caso el procedimiento no había sido notificado a la madre con anterioridad al traslado del menor y tampoco existió intervención judicial previa a esa fecha.

Comentario INCADAT

Declaración del artículo 15

Preparación del análisis de jurisprudencia de INCADAT en curso.

Derechos de custodia imperfectos

La invocación de "derechos de custodia imperfectos" para que pueda activarse el mecanismo convencional para solicitantes que han cuidado activamente de menores trasladados o retenidos pero que carecen de derechos de custodia, fue identificada por primera vez en la decisión inglesa:

Re B. (A Minor) (Abduction) [1994] 2 FLR 249 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 4],

y seguida posteriormente en dicha jurisdicción en:

Re O. (Child Abduction: Custody Rights) [1997] 2 FLR 702, [1997] Fam Law 781 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 5];

Re G. (Abduction: Rights of Custody) [2002] 2 FLR 703 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 505].

El concepto ha sido objeto de consideración judicial en:

Re W. (Minors) (Abduction: Father's Rights) [1999] Fam 1 [Referencia INCADAT: HC/E/Uke 503];

Re B. (A Minor) (Abduction: Father's Rights) [1999] Fam 1 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 504];

Re G. (Child Abduction) (Unmarried Father: Rights of Custody) [2002] EWHC 2219 (Fam); [2002] ALL ER (D) 79 (Nov), [2003] 1 FLR 252 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 506].

En una decisión inglesa de primera instancia, Re J. (Abduction: Declaration of Wrongful Removal) [1999] 2 FLR 653 [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 265], se puso en duda si el concepto era congruente con la decisión de la Cámara de los Lores en Re J. (A Minor)(Abduction: Custody Rights) [1990] 2 AC 562, [1990] 2 All ER 961, [1990] 2 FLR 450, sub nom C. v. S. (A Minor) (Abduction) [Referencia INCADAT: HC/E/UKe 2], donde se sostuvo que la custodia de facto no era suficiente para constituir derechos de custodia en el sentido del Convenio.

El concepto de "derechos de custodia imperfectos" ha suscitado tanto apoyo como oposición en otros Estados contratantes.

El concepto obtuvo apoyo en la decisión de primera instancia de Nueva Zelanda:
Anderson v. Paterson [2002] NZFLR 641 [Referencia INCADAT: HC/E/NZ 471].

Sin embargo, el concepto fue expresamente rechazado por la mayoría del Tribunal Supremo de Irlanda en la decisión de: H.I. v. M.G. [1999] 2 ILRM 1; [2000] 1 IR 110 [Referencia INCADAT: HC/E/IE 284].

Keane J. afirmó que sería ir demasiado lejos aceptar que había "un área remota indefinida de derechos de custodia imperfectos no atribuidos en ningún sentido por el Derecho del Estado requirente a la parte que los invoca o al propio tribunal, sino un reconocimiento por parte del Estado requerido de su capacidad de protección según los términos del Convenio."

Para una crítica académica del concepto, véase:

Beaumont P.R. and McEleavy P.E., The Hague Convention on International Child Abduction, Oxford, OUP, 1999, en p. 60. Actualizado el 31 de marzo de 2005 y el 17 de febrero de 2009.

Derechos de custodia asumidos por un tribunal

En curso de elaboración.