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Resultados de la búsqueda (349)

  • 2013 | HC/E/LU 1307 | Luxemburgo | Primera Instancia |
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    Fundamentos

    Derechos de custodia - art. 3 | Objeciones del niño a la restitución - art. 13(2)

    Fallo

    Restitución ordenada

    Artículo(s)

    3 11 12 13(2) 17

  • 2014 | HC/E/LU 1313 | Luxemburgo | Primera Instancia |
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    Fundamentos

    Residencia habitual - art. 3 | Derechos de custodia - art. 3 | Consentimiento - art. 13(1)(a)

    Fallo

    Restitución ordenada

    Artículo(s)

    3 5 12 13(1)(a)

  • 2014 | HC/E/LU 1314 | Luxemburgo | Primera Instancia |
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    Fundamentos

    Derechos de custodia - art. 3 | Aceptación posterior - art. 13(1)(a) | Grave riesgo - art. 13(1)(b)

    Fallo

    Restitución ordenada

    Artículo(s)

    3 12 13(1)(b)

  • 2013 | HC/E/UKs 1255 | Reino Unido - Escocia | Primera Instancia |
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    Fundamentos

    Residencia habitual - art. 3 | Aceptación posterior - art. 13(1)(a) | Grave riesgo - art. 13(1)(b)

    Fallo

    Restitución ordenada

    Artículo(s)

    3 12 13(1)(a) 13(1)(b)

    Fallo

  • 2013 | HC/E/US 1267 | Estados Unidos de América - Competencia Federal | Tribunal de Apelaciones |
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    Sumario disponible en EN | ES
    Fundamentos

    Grave riesgo - art. 13(1)(b) | Integración del niño - art. 12(2)

    Fallo

    Apelación desestimada, restitución denegada

    Artículo(s)

    12 13(1)(b)

    Fallo

    Apelación desestimada y restitución denegada; la retención fue ilícita pero, al momento del proceso, los niños ya estaban integrados en su nuevo entorno. En ejercicio de facultades discrecionales podría haberse ordenado la restitución de los menores sin perjuicio de haber constatado que se hallaban integrados en su nuevo ambiente, pero la decisión del Tribunal de Distrito de no ejercer esas facultades discrecionales no debía ser alterada.

  • 2012 | HC/E/GR 1246 | Grecia | Tribunal de Apelaciones |
    Idiomas
    Texto completo no disponible
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    Fundamentos

    Traslado y retención - arts. 3 y 12 | Grave riesgo - art. 13(1)(b)

    Fallo

    Apelación concedida, restitución denegada

    Artículo(s)

    1 3 5 11 12 13(1)(b) 14 16 17 29

    Fallo

    Recurso de apelación concedido y restitución desestimada; se consideró que la retención era ilícita, pero que la restitución al Reino Unido expondría al menor a un grave riesgo de daño físico y, principalmente, daño psicológico.

  • 2010 | HC/E/CZ 1159 | Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) |
    Idiomas
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    Sumario disponible en EN | FR
    Fundamentos

    Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH)

    Artículo(s)

    1 3 7 11 12 13(1)(a) 13(1)(b) 13(2) 16 21 13(3)

    Fallo

  • 2008 | HC/E/FR 1004 | Francia | Tribunal de Apelaciones
    Idiomas
    Texto completo no disponible
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    Fundamentos

    Derechos de custodia - art. 3 | Grave riesgo - art. 13(1)(b) | Reglamento Bruselas II bis Reglamento (CE) No 2201/2003 del Consejo

    Fallo

    Apelación desestimada, restitución ordenada

    Artículo(s)

    3 12 13(1)(b) 20

    Fallo

  • 2011 | HC/E/LV 1146 | Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) |
    Idiomas
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    Fundamentos

    Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) | Cuestiones procesales

    Artículo(s)

    3 4 12 13(1)(b) 14 15 19

    Fallo

    Por una mayoría de cinco contra dos, el TEDH resolvió que Letonia había violado el artículo 8 del CEDH al no considerar varios elementos relevantes que constituían la evaluación del interés superior de la menor. Asimismo, el tribunal le asignó una compensación a la madre conforme al artículo 41 del CEDH.

  • 2008 | HC/E/CA 852 | Canadá | Tribunal de Apelaciones |
    Idiomas
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    Fundamentos

    Residencia habitual - art. 3 | Grave riesgo - art. 13(1)(b)

    Fallo

    Apelación desestimada, restitución ordenada

    Artículo(s)

    3 11 12 13(1)(b) 16

    Fallo

  • 2001 | HC/E/CA 755 | Canadá | Primera Instancia |
    Idiomas
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    Fundamentos

    Grave riesgo - art. 13(1)(b) | Compromisos

    Fallo

    Restitución ordenada

    Artículo(s)

    3 12 13(1)(b) 20

    Fallo

    Se ordenó la restitución, el traslado constituía sustracción ilícita y no se había demostrado ninguna de las excepciones conforme al nivel requerido por el Convenio.

  • 1996 | HC/E/CA 759 | Canadá | Tribunal de Apelaciones |
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    Fundamentos

    Residencia habitual - art. 3 | Derechos de custodia - art. 3

    Fallo

    Apelación desestimada, restitución ordenada

    Artículo(s)

    1 3 5 6 12

    Fallo

    Apelación desestimada y restitución ordenada; la menor era residente habitual en Inglaterra al momento del traslado.

  • 2005 | HC/E/IL 806 | Israel | Primera Instancia |
    Idiomas
    Texto completo no disponible
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    Fundamentos

    Residencia habitual - art. 3 | Aceptación posterior - art. 13(1)(a)

    Fallo

    Solicitud desestimada

    Artículo(s)

    3 12 13(1)(a)

    Fallo

    Solicitud denegada; los menores eran residentes habituales de Israel a la fecha de la supuesta retención ilícita.

  • 2025 | HC/E/US 1633 | Estados Unidos de América | Primera Instancia
    Idiomas
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    Fundamentos

    Residencia habitual - art. 3 | Derechos de custodia - art. 3 | Objeciones del niño a la restitución - art. 13(2) | Integración del niño - art. 12(2) | Interés superior del niño

    Fallo

    Restitución denegada

    Artículo(s)

    3 12 13(1)(b) 13(2) 12(2)

    Fallo

  • 2016 | HC/E/CA 1369 | Canadá - Ontario | Tribunal de Apelaciones
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    Fundamentos

    Residencia habitual - art. 3 | Derechos de custodia - art. 3 | Objeciones del niño a la restitución - art. 13(2)

    Fallo

    Apelación concedida, restitución ordenada

    Artículo(s)

    3 12 13(2)

    Sinopsis

    ​​Dos menores, nacionales de Canadá, retenidos ilegalmente a los once y ocho años de edad. Los progenitores estaban casados. El padre y la madre eran nacionales de Canadá. Los menores vivieron en Alemania hasta abril de 2013. El padre le transfirió a la madre la custodia física en una carta notarial, por un período desde abril de 2013 a agosto de 2014, para permitir que los menores sean inscriptos en una escuela de Canadá. Se solicitó la restitución de los menores ante el Tribunal Superior de Justicia (Familia) en junio de 2014. La restitución fue ordenada. Razones principales: residencia habitual; derechos de custodia; objeciones del niño a la restitución. Un progenitor no puede modificar unilateralmente la residencia habitual de un menor durante un período de tiempo limitado y de estadía consensuada a otro Estado y que sea aceptada por el otro progenitor. El hecho de que se contemple la extensión de dicho período de estadía consensuado no anula el período de tiempo límite. Las pruebas sobre la incorporación del menor en un nuevo estado son irrelevantes si la solicitud de restitución se lleva a cabo dentro de un año desde la extracción o retención de los menores. Si bien los derechos de custodia que fueron transferidos por uno de los progenitores al otro para que los menores sean inscriptos en una escuela de un determinado Estado, el progenitor que transfirió dichos derechos los pone en práctica cuando el progenitor sustractor se niega a restituir a los menores, o el progenitor los habría puesto en práctica si no fuere por la remoción o retención de los menores. Según lo que dispone el art. 13 (2) del Convenio HCCH 1980, la objeción de un menor a la restitución que sea insustancial o que exprese meramente una preferencia a un lugar sobre el otro no es motivo suficiente para rechazar la orden de restitución.​ 

  • 2022 | HC/E/UKe 1561 | Reino Unido - Inglaterra y Gales | Tribunal de Apelaciones
    Idiomas
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    Fundamentos

    Asuntos no regulados por el Convenio

    Fallo

    Apelación desestimada, restitución ordenada

    Artículo(s)

    12

    Fallo

    Apelación desestimada, restitución ordenada.

  • 2005 | HC/E/USs 828 | Estados Unidos de América - Competencia Estatal | Primera Instancia |
    Idiomas
    Texto completo no disponible
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    Fundamentos

    Derechos de visita - art. 21

    Fallo

    Solicitud desestimada

    Artículo(s)

    12 21

    Fallo

    Solicitud desestimada; el tribunal carecía de competencia para evaluar una solicitud de derechos de visita como recurso contra una retención ilícita.

  • 2016 | HC/E/EC 1517 | Ecuador | Tribunal de Apelaciones
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    Fundamentos

    Residencia habitual - art. 3 | Traslado y retención - arts. 3 y 12 | Integración del niño - art. 12(2) | Grave riesgo - art. 13(1)(b) | Cuestiones procesales | Cuestiones procesales

    Fallo

    Apelación desestimada, restitución ordenada

    Artículo(s)

    1 3 5 12 13(1)(b)

    Sinopsis

    Retención ilícita de niños - Padres separados - El derecho de custodia se ejercía conjuntamente - La niña vivió en España hasta el 11 de agosto de 2014 - La solicitud de restitución se presentó ante la Autoridad Central de España en septiembre de 2014 - Restitución ordenada - Cuestiones principales: residencia habitual, traslado y retención, integración del niño, art. 13(1)(b) excepción de grave riesgo, cuestiones procesales - La residencia habitual de la niña anterior al traslado ilícito se encontraba en España - Hubo retención ilícita en infracción al derecho de custodia que se ejercía de forma conjunta según el convenio firmado por la madre y el padre - No se evaluó  la integración del niño porque no había  transcurrido el plazo de un año que establece el Convenio al efecto - La prueba ofrecida no contribuía a determinar la existencia del abuso sexual; por el contrario, era necesaria una verdadera demostración del riesgo para justificar la aplicación del art. 13(1)(b)  - Se exhortó a la Autoridad Central a tomar medidas para proteger a la niña y a dar seguimiento al caso para proveer al padre la defensa técnica en España.

  • 2013 | HC/E/CA 1359 | Canadá - Columbia Británica | Primera Instancia
    Idiomas
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    Fundamentos

    Grave riesgo - art. 13(1)(b) | Objeciones del niño a la restitución - art. 13(2)

    Fallo

    Restitución denegada

    Artículo(s)

    3 12 13(1)(a) 13(1)(b) 13(2)

    Sinopsis

    ​​Un menor, nacional de El Salvador y Canadá, retenido ilegalmente a los diez años de edad. Los progenitores estaban casados. El padre era nacional de El Salvador y la madre era nacional de Canadá. El padre ejerció sus derechos de custodia por 10 años. La madre obtuvo la custodia del menor en mayo de 2012. El menor vivó en El Salvador hasta noviembre de 2011. Se solicitó la restitución del menor ante el Tribunal de Primera Instancia en julio de 2012. Se denegó la restitución según el artículo 13 (2). Razones principales: art. 13 (1)(b) excepción a la restitución por grave riesgo; objeción del menor a la restitución. El maltrato de un progenitor al otro solo será una consideración relevante para la excepción que dispone el art. 13(1)(b) si el menor se encuentra en “el medio de una relación abusiva”. La evaluación de si un menor se encontraba en una situación intolerable debido a la implementación de castigos corporales debe tener en cuenta las prácticas disciplinarias generalmente aceptadas en el contexto social pertinente. Los factores a tener en cuenta para evaluar si un menor obtuvo la edad y el grado de madurez necesarios para tener en cuenta sus opiniones son, entre otros, los siguientes: nivel de funcionamiento cognitivo, capacidad de razonamiento lógico y racional, y evaluación detallada de diferentes circunstancias. Las decisiones para no ordenar la restitución según el artículo 13 (2) deben tener en cuenta las consideraciones políticas que subyacen al Convenio HCCH 1980.​ 

  • 2013 | HC/E/CA 1361 | Canadá - Columbia Británica | Tribunal de Apelaciones
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    Fundamentos

    Residencia habitual - art. 3 | Grave riesgo - art. 13(1)(b)

    Fallo

    Apelación desestimada, restitución ordenada

    Artículo(s)

    3 12 13(1)(b)

    Sinopsis

    ​​Dos menores sustraídos ilícitamente a los dos y cuatro años de edad. Los progenitores no estaban casados. El padre era nacional de Canadá. La madre era nacional de Canadá y Columbia Británica. Los progenitores poseían la custodia conjunta de los menores por medio de un acuerdo parental. Los menores vivieron con ambos progenitores a veces en Estados Unidos y otras en Canadá. Los menores vivieron en Estados Unidos desde agosto de 2010 hasta su sustracción en abril de 2013. Se solicitó la restitución de los menores ante la Corte Suprema de Columbia Británica (Tribunal de Primera Instancia de Columbia Británica) en abril de 2013. Se ordenó la restitución. Razones principales: residencia habitual y art. 13 (1)(b) excepción por grave riesgo. La intención mutua de los progenitores, con el fin de establecer la residencia habitual de los menores, requiere “un grado de continuidad para que sea calificada adecuadamente como asentada”. La mera especulación de que uno de los progenitores podría ser deportado por su situación migratoria y que podría optar por trasladarse a un Estado que supuestamente pondría en peligro a los menores es una prueba insuficiente para establecer que la excepción por grave riesgo, según lo que dispone el art. 13(1)(b), se aplica.​